domingo, 15 de marzo de 2015

Qué es el seguro de terremoto?


Ante la ocurrencia de un sismo, este seguro brinda la protección contra los perjuicios que puedan sufrir los bienes inmuebles. La cobertura de terremoto, es obligatoria para los deudores hipotecarios y para los bienes comunes sometidos al régimen de propiedad horizontal.

Por qué debo tener un seguro contra terremoto?
Colombia es un país particular desde el punto de vista sísmico, debido a que confluyen en el territorio nacional tres placas tectónicas: la Placa Nazca, la Placa de Cocos y la Placa Suramericana.
Esta situación hace que el país presente una amenaza sísmica de consideración en sus principales ciudades, especialmente, aquellas localizadas en el centro y occidente de la nación.
Terremotos como los de Popayán en 1983, Armenia en 1999 y Cali en 2004, son evidencia reciente de la acción sísmica en el país.

¿Dónde puedo conseguir un seguro de incendio y/o terremoto?
Las pólizas de incendio y terremoto, solo pueden ser expedidas por las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Varias compañías de seguros utilizan a los intermediarios de seguros. Los intermediarios pueden ser corredores, agencias o agentes de seguros.
¿Qué determina el costo de la póliza de incendio y/o terremoto?
Existen una diversidad de variables que determinan el costo de un seguro de incendio y terremoto (con sus respectivos anexos) entre ellos están:
  • El valor asegurado del inmueble. 
  • La ubicación del bien. 
  • El uso del bien.(vivienda, oficina, comercio, bodega, industria, etc.) .
  • El material de construcción del bien (concreto, mampostería, madera, acero, etc.). 
  • La fecha de construcción del bien (si fue construido bajo normativa sismo resistente).
  • Vecindad del bien (edificios que puedan golpear el inmueble en caso de sismo, estaciones de gasolina, puentes, etc.) .
  • El asegurado puede tomar determinaciones que favorecen la disminución del valor de la prima. Entre ellas están: la colocación de extintores, planes de emergencia, evacuación, tratamiento de emergencias, etc. Depende del tipo de bien a asegurar.
Hice cambios en mi vivienda. ¿Debo informar a mi compañía de seguros? ¿Por qué?
Sí es necesario que informe a la aseguradora. Al realizar cambios en su vivienda, implica que el valor asegurado de su inmueble puede cambiar. Si no informa a la aseguradora sobre estos cambios y su valor, se puede configurar un infraseguro (ver infraseguro). Como se explicó anteriormente, el infraseguro NO es conveniente para el asegurado.

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